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RESUMEN 2019

Actualizado: 23 ago 2023

2019 Estimados lectores: Retomamos la actividad tras el período estival y la inesperada y triste marcha de nuestra fundadora y mentora, Dra. Dª. Mª José Rodríguez Crespo con el firme convencimiento, y apoyo de su familia, de ser éste el camino a seguir en su siempre firme afán profesional de llevar la igualdad en la aplicación normativa hasta los más lejanos rincones. Es por ello que los componentes directivos de esta organización, sin llegar y desde lejos, a ostentar el bagaje profesional que presenta nuestra fundadora, consideramos, en siempre presente homenaje hacia ella y su gran espíritu de humanidad y profesionalidad, continuar apostando por la igualdad, el género y el empleo en nuestro Ordenamiento Jurídico. Con esta motivación planteamos una pequeña modificación nominal en la presentación de este proyecto procediendo a haber aprobado la inclusión del nombre de nuestra fundadora en la rotulación de cabecera pasando a llamarnos a partir de ahora como “Red de estudios sobre la Igualdad, Género y el Empleo Mª José Rodríguez Crespo (Red IGE MJRC). Desde la Facultad de Ciencias del Trabajo de la Universidad de Córdoba y desde todos los ámbitos de los que procedéis los que con tanta ilusión y apego nos animasteis a emprender este proyecto, os agradecemos vuestro seguimiento animándoos a seguir colaborando con vuestras opiniones y consideraciones en beneficio del conocimiento y entendimiento en la materia igualitaria, de género y de empleo en nuestra sociedad sobre lal que basamos una mayor calidad de vida a título individual y colectivo. Con el ánimo de seguir potenciando líneas de investigación en materia de igualdad en el empleo, con especial referencia a las políticas selectivas de empleo para colectivos con especiales dificultades, generar sinergias que permitan potenciar el intercambio de buenas prácticas y la implantación de las mismas, promoviendo la igualdad de oportunidades entre hombre y mujeres, así como la participación y presencia de la mujer en la vida política, económica, cultural y social de nuestro entorno, el equipo Directivo de la RED IGE Mª José Rodríguez Crespo, les envía un cordial saludo y les invita a seguir activos en esta iniciativa que hoy comienza nueva andadura. Saludos cordiales: Directiva RED IGE MJRC Diciembre 2019 Finalizamos año y década caminando hacia una sociedad laboral cada vez, si no totalmente más colaborativa y equitativa en materia de igualdad, género y empleo, sí mas informada y, con ello, más consciente sobre medidas de actuación públicas y privadas que la sociedad podamos aportar. El día 31/12/2019 (BOE núm. 314), se publica la Orden TMS/1277/2019, de 23 de diciembre, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2020, por la que se articulan determinadas vías de cooperación con la migración legal mediante el impulso de fórmulas que permitan ordenar los flujos migratorios. En este sentido, la Administración pretende favorecer y facilitar el encuentro entre oferta y demanda de trabajo internacional previendo la regulación de las particularidades del procedimiento de contratación de trabajadores de temporada o por obra o servicio para 2020, para los diferentes sectores y preferentemente en relación con los países con los que España hubiese firmado un acuerdo de regulación de flujos migratorios a los que se les concederán visados para búsqueda de empleo temporal, dirigidos a hijos y nietos de español de origen. Dado que el español es en la actualidad un mercado de trabajo que muestra en determinados sectores específicos, ciertas necesidades no cubiertas a corto plazo, estimándose afectado, en el medio y largo plazo, por la pérdida de población en edad de trabajar, tendencia común a otros países europeos, así como por los desafíos asociados a los cambios tecnológicos, el Gobierno de España pretende completar la política migratoria con la regulación del procedimiento de contratación que dote de agilidad y transparencia y ,con ello, de objetiva solución, el mantenimiento de actividades que redunden en el estado del bienestar. En materia de género, hemos conocido la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, nº 904/2019, de 11 de septiembre de 2019 (Rec. 1311/2018), por la cual se desestima el reconocimiento del complemento por el hijo que murió a los seis meses de gestación por tratarse de una aportación vinculada a la contribución demográfica a la Seguridad Social de las mujeres que hayan dado a luz hijos biológicos o hayan adoptado, no considerado como nacido al feto alumbrado sin vida o alumbrado a los seis meses de gestación. En la misma tesitura de aportación demográfica a la Seguridad Social de las mujeres se encuentra el caso de un padre de dos hijas que considera que debería haber percibido, conforme a la norma española, un complemento de pensión que representa el 5 % de la cuantía inicial de ésta. Pronunciado el TJUE, en sentencia de 12 de diciembre de 2019, Asunto C- 450/18, de 12 de diciembre de 2019 (https://curia.europa.eu/jcms/upload/docs/application/pdf/2019-12/cp190154es.pdf) el TJUE manifiesta que la Directiva relativa a la igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de seguridad social se opone a la norma española, ya que los hombres que se encuentren en una situación idéntica a la de las mujeres que perciben el complemento de pensión controvertido no tienen derecho a él y deberían tenerlo puesto que la norma española concede un trato menos favorable a los hombres que hayan tenido al menos dos hijos biológicos o adoptados puesto que el padre realiza, igualmente, una aportación a la demografía a la Seguridad Social tan necesaria como las mujeres, por lo que esta circunstancia no puede justificar por sí sola que los hombres y las mujeres no se encuentren en una situación comparable en lo que respecta a la concesión del complemento de pensión controvertido por lo que al suponer para los padres un trato menos favorable constituye una discriminación directa por razón de sexo, prohibida por la Directiva. Por su parte, las autoridades españolas sostienen que el complemento fue concebido también como una medida destinada a reducir la brecha de género existente entre las pensiones de los hombres y las de las mujeres cuyas carreras profesionales se han visto interrumpidas o acortadas por haber tenido al menos dos hijos, según atestiguan numerosos datos estadísticos, justificación no considerada por el Tribunal Europeo al poner de manifiesto que la norma española tiene por objeto, además de la indicada por las autoridades españolas, la de proteger a las mujeres en su condición de progenitor, cualidad ésta que también es predicable tanto de hombres como de mujeres por lo que las situaciones de un padre y una madre pueden ser comparables en cuanto al cuidado de los hijos se refiere. En estas circunstancias, la existencia de datos estadísticos que muestren diferencias estructurales entre los importes de las pensiones de las mujeres y los de las pensiones de los hombres no es suficiente para llegar a la conclusión de que las mujeres y los hombres no se encuentran en una situación comparable en su condición de progenitores en relación con el complemento controvertido Paridad entre progenitores que nos da pie para celebrar el aumento, a partir, del día 01 de enero, de un aumento del permiso de paternidad de ocho a doce semanas para el padre biológico o adoptante. Enhorabuena y a seguir avanzando hacia la plena igualdad en el empleo y en todos los ámbitos sociales e individuales. Finalizamos esta entrada acercando a nuestro blog información de la compañera Angela Mª Villegas Garrido, sobre el programa Garantía Juvenil que potencia oportunidades de empleo para jóvenes europeos que pretendan insertarse en el mundo laboral. Bienvenidos y seguimos aportando y apostando por la igualdad, género y el empleo. Araceli Vallecillo Orellana. RED IGE MJRC. RED IGE MJRC les desea Felices Fiestas y un venturoso año 2020 en Igualdad



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